MINISTERIO DEL INTERIOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN
DEPARTAMENTO DE TRÁMITE
SECCIÓN RESIDENCIAS
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA RESIDENCIA TEMPORARIA MERCOSUR PARA LOS NACIONALES DE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY, BOLIVIA, CHILE Y PERÚ.
- DOCUMENTO DE IDENTIDAD hábil y vigente (copia y original) o Certificado de Nacionalidad expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay (2 fotocopias)
- PARTIDA DE NACIMIENTO y comprobación de estado civil de la persona cuando así correspondiera, y /o Certificado de Nacionalización o Naturalización, si fuera el caso. Presentar copia y original.
- DOS FOTOS CARNE
- CARNÉ DE SALUD vigente expedido por Dependencias del Ministerio de Salud Pública o cualquier otra Institución Médica privada habilitada a emitirlo,en el cual luzca la siguiente aclaración: “APTO PARA RADICACIÓN TEMPORARIA MERCOSUR”
- ANTECEDENTES PENALES DEL EXTRANJERO, necesarios a partir de los 18 años de edad del gestionante. Se debera aportar Certificado Negativo de antecedentes judiciales, penales o policiales A NIVEL NACIONAL del pais de su nacionalidad y de los paises donde haya residido los últimos 5 años.
- Los gestionantes MENORES de 18 años de edad, deberán presentar la AUTORIZACIÓN expresa de sus padres o representantes para radicarse en Uruguay.
- Fecha exacta de Ingreso al País: Tarjeta de Turista o manifestación verbal a ser corroborada en la lista de pasajeros
- COSTO DE LA RESIDENCIA..................2,10 UR......................
IMPORTANTE:
- Los Nacionales de los Estados Partes y Asociados antes mencionados y los que hayan adquirido dicha nacionalidad con una antigüedad mínima a CINCO AÑOS.
- LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS, cuando la Residencia Temporaria MERCOSUR se tramite ante la Dirección Nacional de Migración o sus Inspectorías, los documentos serán legalizados por el Consulado Uruguayo respectivo y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay o podrán ser intervenidos ante el Consulado acreditado en Uruguay.
- PLAZO, la Residencia Temporaria prevista en el presente Instructivo, tendrá una duración de hasta dos años NO RENOVABLES.
- TRANSFORMACIÓN DE CATEGORÍA, el Residente Temporario MERCOSUR, cumplido el plazo legal, podrá transformar su categoría de temporario a permanente mediante su presencia ante la autoridad migratoria uruguaya y dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de la misma.
- Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados
Por cualquier duda, consulta, aclaración de su interés sobre cualquier aspecto de éstos trámites, NO DUDE en acercarse a nuestras oficinas y formulárselas al personal especializado en residencia legal
El día de la audiencia para iniciar el trámite deberá aportar toda la documentación requerida.
SE DEBERÉRA SOLICITAR AUDIENCIA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE (Ver requisitos para solicitar audiencia)