DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN
DEPARTAMENTO DE TRÁMITE
RESIDENCIA LEGAL PERMANENTE.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 33 de la Ley N° 18250 de fecha 06 de enero del 2008, aquel ciudadano extranjero que acredite ser nieto/a de natural uruguayo/a podrá ampararse al mencionado artículo. Para ello deberá aportar:
- Partida de nacimiento del gestionante
- Partida de nacimiento del padre o madre del gestionante
- Partida de nacimiento del abuelo/a uruguayo/a
- 2 Fotocopias y original del documento con el cual ingresó al país (ej: pasaporte, D.N.I., C.I, etc.).
- 2 Foto carné.
- Tarjeta de Turista si correspondiere.
- Antecedentes Penales debidamente legalizados y traducidos si es necesario, del país donde residió antes de su ingreso a Uruguay y de su país de su nacionalidad.
- Costo de la Residencia: 2.10 UR.
IMPORTANTE:
- Para iniciar el trámite de residencia se deben presentar todos los requisitos, los cuales son excluyentes.
- Si no habla español, concurra con intérprete.
- Todo documento extranjero que se presente para ser agregado al expediente debe estar necesariamente legalizado por el Consulado uruguayo correspondiente y ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay, y traducido al español, excepto los documentos de origen brasileño de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 18224.
- Todas las partidas debe estar vigentes, es decir, expedidas a menos de 30 días.
- Las partidas extranjeras deben estar inscriptas en el Registro Civil Uruguayo - Sección Extranjeros -.
- Toda traducción aportada para ser agregada al expediente debe presentarse con timbre profesional correspondiente.
- En caso de un extranjero menor de 18 años, además de cumplir con los requisitos anteriores, deberá presentar autorización expresa de sus padres para radicarse en Uruguay. Si el menor no va a vivir con ninguno de sus padres deberá quedar establecido por sus padres que adulto es responsable de él en el país, - del cual se recabará su consentimiento -.
- CÉDULA DE IDENTIDAD PROVISORIA: El extranjero que inicie su residencia legal recién estará habilitado a recibir el certificado para la obtención de la primera cédula de identidad uruguaya provisoria - como RESIDENTE EN TRÁMITE - una vez presentada toda la documentación necesaria.
- Por cualquier duda, consulta, aclaración de su interés sobre cualquier aspecto de estos trámites, NO DUDE en acercarse a nuestras oficinas y formulárselas al personal especializado en residencia legal.
- Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados.
SE DEBERÉRA SOLICITAR AUDIENCIA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE (Ver requisitos para solicitar audiencia)